II
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, sociedad de comercio DISTRIBUIDORA PESCAMAR C.A.; SEGUNDO: SE ORDENA al juzgado de municipio que se encuentre conociendo la presente causa, a proferir pronunciamiento expreso y preciso sobre la cuestión previa contenida en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, que fue opuesta por la parte demandada.
No hay condenatoria en costas procesales por cuanto la sentencia recurrida no resultó confirmada, en atención al artículo 281 del Código de Procedimiento
Civil.
Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen en la oportunidad correspond.....