UNICO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el cual por encontrarse de guardia durante el presente receso judicial, según consta en Acuerdo Nº 2011/01 emanado de la Rectoría de esta Circunscripción Judicial en fecha 10 de agosto de 2011, se acuerda enviarle el presente expediente.