este Juzgado Superior no es competente para conocer como tribunal de alzada del recurso de apelación ejercido por la parte demandante, en contra de la sentencia dictada en fecha 21 de junio de 2011 por el Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, siendo forzoso declinar la competencia en un Tribunal de Primera Instancia Civil de esta misma Circunscripción Judicial, Y ASI SE DECIDE.