SEGUNDO: Una vez revisadas las facultades conferidas a la ciudadana HELGA WEDAM DE LERARIO, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil CONFECCIONES LEWED, C.A., que representa los intereses de la parte demandante, así como también de la materia objeto de transacción, y con vista al acuerdo alcanzado por los litigantes a través del cual ponen fin al presente juicio, este Tribunal Superior le imparte su aprobación en los términos realizados por las partes, y en consecuencia, se HOMOLOGA la transacción celebrada, pasada en autoridad de COSA JUZGADA.
TERCERO: En lo que respecta a la solicitud de suspender la medida de embargo preventivo, decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 09 de junio de 1998, este Juzgado Superior ordena la suspensión de la misma. Asimismo, SE DECLARA TERMINADO EL PRESENTE JUICIO y se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal de orige.....