Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada ciudadana MIRNA VIOLETA AULAR DE LINDEBLAD; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 15 de octubre de 2015 por el Juzgado Sexto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua Y San Diego De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo; TERCERO: SIN LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por la ciudadana MARICARMEN RAIZA GUEVARA DÍAZ en contra de la ciudadana MIRNA VIOLETA AULAR DE LINDEBLAD; CUARTO: SIN LUGAR la reconvención intentada por la parte demandada en contra de la demandante.