PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadana ANA JACINTA MILIANI de BICHARA; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia definitiva dictada el 19 de octubre de 2010, por el Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: INADMISIBLE la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento incoada por la ciudadana GRASIA DI BIASE de RICCI en contra de la ciudadana ANA JACINTA MILIANI de BICHARA. Se condena en costas a la parte demandante.