Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la abogada ANALA MONAGAS ESCALONA, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad de comercio MERCANTIL SEGUROS C.A., en contra del auto dictado el 30 de junio de 2022 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que escucha en un solo efecto la apelación interpuesta en contra de las sentencias interlocutorias dictadas el 21 de junio de 2022 que se pronuncian sobre las pruebas promovidas por ambas partes.
Se condena en costas procesales a la parte que recurre de hecho, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.