Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadanos ANTONIA ROSARIO MONTORO, MARÍA DAYANA ALMEIDA MONTORO, YESSIKA ALESSANDRA ALMEIDA MONTORO y WILSON JESÚS ALMEIDA MONTORO; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadana YRAMA DEL CARMEN LÓPEZ DÁVILA; TERCERO: SE MODIFICA la sentencia definitiva dictada en fecha 30 de mayo de 2016 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por los ciudadanos A.....