Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada LILIANA HENRIQUEZ TOVAR en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadano JOSE RAMON PADILLA AULAR; SEGUNDO: SE CONFIRMAN las decisiones dictadas en fecha 28 de noviembre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante las cuales se declara SIN LUGAR la oposición hecha por la demandada a la admisión de las pruebas promovidas por la parte demandante y SE NIEGA la admisión de la testimonial de la ciudadana CARMEN CAROLINA CORNIELLES VELIZ, promovida por la parte demandada.