PRIMERO: SE ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la parte demandada y SE CONFIRMA la sentencia recurrida; TERCERO: CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato formulada por la parte demandante, ciudadano VÍCTOR HUGO SÁNCHEZ, en consecuencia, SE CONDENA a la demandada a lo siguiente: 1) A entregar el inmueble arrendado, constituido por un local comercial con un área de noventa metros cuadrados (90 m2), ubicado en el centro comercial NICBLAN, signado con el Nº 2, calle Sucre entre calles Jacinto Lara y Cedeño, municipio Guacara del estado Carabobo, libre de personas y cosas y solvente de todo servicio público; 2) A pagar la cantidad de diez mil setecientos bolívares (Bs. 10.700,00), equivalentes al pago de ciento siete días a razón de cien bolívares (Bs. 100,00) diarios, debido a que la demandada viene .....