III
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte demandante, ciudadano EDUARDO ENRIQUE RAMOS CANO; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 19 de diciembre de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declaró CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 9º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la cosa juzgada que fue opuesta por la co-demandada ISABEL GARCÍA RAMOS y en consecuencia, la demanda queda desechada y extinguido el proceso.
Se condena en costas procesales a la parte demandante por cuanto la sentencia recur.....