Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadana WALDDYS NOEMÍ VIZCAYA SUÁREZ; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada en fecha 20 de abril de 2009 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la demanda de reivindicación intentada por los ciudadanos FRANCISCO JOSÉ LINÁREZ PÁEZ y MARLENIS DELLAMIRA LÓPEZ ARAUJO en contra de la ciudadana WALDDYS NOEMÍ VIZCAYA SUÁREZ y en consecuencia, SE ORDENA a la demandada, ciudadana WALDDYS NOEMÍ VIZCAYA SUÁREZ hacer entrega a los demandantes, el inmueble destinado a vivienda, constituido por una.....