Inadmisible in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Rosa Teresa Castillo de Romero, asistida por la abogada Nadiuska Lizarraga Ortiz, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 06 de octubre de 2008 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Notifíquese a la parte accionante en amparo de la presente decisión.