PRIMERO: LA NULIDAD de la sentencia definitiva dictada en fecha 25 de septiembre de 2008 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACION interpuesta por la parte demandada reconviniente; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA ADHESION A LA APELACION interpuesta por la parte demandante reconvenida; CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por resolución de contrato intentada por la sociedad de comercio Centro Turístico Vacacional Marialucía, C.A. en contra de la sociedad de comercio Coconut Palm, C.A., en consecuencia se declara Resuelto el contrato de concesión de administración y comercialización suscrito entre las partes mediante documento autenticado ante la Notaría Pública Cuarta de Valencia en fecha 17 de septiembre de 2004, bajo el Nº 14, tomo 152; QUINTO: SE CONDENA a la parte demandada al pago de la cantidad de ocho mil bolívares (Bs. 8.000,00), por c.....