PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada el 14 de diciembre de 1995, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada y en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Contrato de Seguro intentó la sociedad mercantil TODOFICINA, C.A., contra SEGUROS CARABOBO, C.A. y se condena a la demandada a pagar a la parte actora la cantidad de BOLIVARES UN MILLÓN TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 1.036.943,74), valor de los artículos asegurados y siniestrados para el momento en que ocurrió el siniestro, más el incremento en el costo de la mercancía siniestrada para el momento en que se produzca el pago, ello con base a la cláusula de reposición de existencia contenida en las pólizas de seguros, para lo c.....