PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadana MARÍA ALEXANDRA DIAZ ESPINOZA; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia definitiva dictada en fecha 22 de febrero de 2011, por el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: INADMISIBLE la demanda por desalojo interpuesta por los ciudadanos Alberto José Quintero González y Brunilde Lucía Guerrero de Quintero en contra de la ciudadana María Alexandra Díaz Espinoza. No hay condena en costas procesales, dada la naturaleza del presente fallo.