Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado WILLIAMS MOYETONES VIVAS, procediendo en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadanos ESTEHER MARIA MARTINEZ DE AGUIAR, RAFAEL AGUIAR MARTINEZ, VIRGINIA AGUIAR MARTINEZ y YOLANDA VIOLETA AGUIAR; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 3 de junio de 2013 por el Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual se declaró la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.
No hay condena en costas procesales conforme al artículo 283 del Código de procedimiento Civil.