Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadano CARLOS ALFONSO PERDOMO POZUELO; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 13 de julio de 2017 por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la demanda intentada; TERCERO: SE ORDENA al demandado, ciudadano CARLOS ALFONSO PERDOMO POZUELO, hacer entrega de los tres locales comerciales distinguidos como N-11, N-12 y N-13, ubicados en la avenida Montesa de Oca, con calle Comercio, centro comercial Mi Viejo Mercado, municipio Valencia del est.....