Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la defensora de oficio de la parte demandada, ciudadano JOSÉ MARTÍN MEDINA LÓPEZ; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 5 de marzo de 2013, por el Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada por los abogados LUZ MARA DIAZ TENREIRO, ARMANDO GOYO MEDINA y JOSE FRANCISCO PARRA VILLALOBOS en contra del ciudadano JOSÉ MARTÍN MEDINA LÓPEZ y en consecuencia procedente la pretensión de cobro de honorarios profesionales causados por las actuaciones judiciales realizadas en el juicio de divorcio lle.....