Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el abogado EDGAR JOSÉ TORRES BARRIOS, en su carácter de defensor judicial de la demandada, ciudadana YESENIA MILAGROS MÉNDEZ CARRUSI; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 25 de septiembre de 2015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declaró CON LUGAR la demanda de divorcio intentada y en consecuencia, se declara disuelto el matrimonio que unía a los ciudadanos JOSÉ GREGORIO ARAUJO COLINA y YESENIA MILAGROS MÉNDEZ CARRUSI, celebrado ante la oficina municipal de Registro Civil de la parroquia Miguel Peña del municipio Va.....