PRIMERO: LA PERDIDA DEL INTERÉS, comprendida en el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, sociedad mercantil SISTELCA, S.A.; en contra del auto dictado el 5 de mayo de 1998, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia, que declaró sin lugar la oposición formulada por la parte demandada contra la medida innominada decretada por dicho Tribunal en fecha 5 de noviembre de 1997, en consecuencia, queda vigente la misma.
No hay condena en costas procesales dada la naturaleza de la decisión.
Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.