UNICO: HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación formulado por la parte demandada, pasada en autoridad de COSA JUZGADA, solo en lo que respecta al recurso de apelación ejercido por la parte demandada.
Se condena en las costas del recurso de apelación, a la parte demandada que desistió del recurso interpuesto, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.