Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadanos HERALDO PRECILIANO RODRIGUEZ DELGADO y JANE GLORIA IRMA CEPEDA DE RODRIGUEZ; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 16 de enero de 2012 por el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la
Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sólo en lo que respecta a la pretensión de pago de daños y perjuicios y las costas procesales; TERCERO: CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios intentada por los ciudadanos HERALDO PRECILIANO RODRIGUEZ DELGADO y JANE GLORIA IRMA CEPEDA DE RODRIGUEZ contra los.....