este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, en el Recurso de Nulidad, interpuesto por la ciudadana YAJAIRA ALEJANDRINA PARRA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.458.179, Abogada en ejercicio, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 96.250, contra el MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY.