este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo De La Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, DEMANDA DE QUERELLA FUNCIONARIAL, incoada por el ciudadano JESUS ANTONIO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.475.832, asistido por el abogado HUGO CABRERA REYES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 19.761, contra LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por un órgano de la DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA acto administrativo Nº 003-2015 de fecha 23 de marzo de 2015.