este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con Competencia en los estados Yaracuy y Cojedes, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesto por la abogada NORIS DEL VALLE SUNIAGA FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.034.287, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 16.246, actuando en su propio nombre y representación, interpuso por ante este Juzgado Superior acción de Amparo Constitucional contra la Comunicación de fecha 31 de marzo de 2022, dictada por el Presidente del Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del estado Carabobo, de conformidad a lo establecido en el artículo 6, numeral 5, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.....