IV
DISPOSITIVA:
En merito de las anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano JORGE ENRIQUE BENAVIDEZ LAREZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro 67.257, actuando en nombre propio y en representación de la Sociedad Mercantil BANGERS SEGURIDAD INTEGRAL, C.A, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES DH XXI, C.A., y de manera solidaria y conjunta a los ciudadanos GILBERTO DIAZ JIMENEZ y OMAR HERNANDEZ ORIA.- Por: COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA.- En consecuencia se condena al demandado a pagar la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA BOLÍVARES (Bs. 37.790,oo) lo cual corresponde al monto de las facturas, y SEIS MIL OCHENTA Y DOS CON VEINTE BOLÍVARES (Bs. 6.082,20) que corresponden a .....