En cuanto a la Inspección Judicial este Tribunal desestima su valor probatorio.-
VI
DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de Cualidad.- SEGUNDO: CON LUGAR, la acción MERO DECLARATIVA, incoada por la ciudadana RAIZA MARISOL LOZADA RUIZ, debidamente asistida por los abogados en ejercicio EDITH CENTENO BASTIDAS Y JORGE LUIS TORO ESCALONA, en contra de la ciudadana GLADYS ORTEGA, todos plenamente identificados.- Se condena a la parte demandada a las costas procesales por haber resultado totalmente vencida de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del código de Procedimiento Civil.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.- Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Sexto d.....