este Tribunal imparte su Homologación de acuerdo a lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil y lo tiene como Sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Asimismo se acuerda dar por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. Yuleima Castillo Oviedo, LA SECRETARIA,
Abg. Egilda Rojas Sánchez,
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA,
Abg. Egilda Rojas Sánchez,