IV
DISPOSITIVA:
En merito de las anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda intentada por la Abogada DILIA OCHOA NARVAEZ, actuando en representación del ciudadano LUCAS RODRIGUEZ GONZALEZ, en contra el ciudadano YEREMI JOSE SILVA OVIEDO, todos plenamente identificado a los autos Por: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA.- En consecuencia se condena al demandado a pagar la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo), mas los intereses moratorios calculados al cinco por ciento (5%) anual, contados a partir del vencimiento de la letra de cambio, es decir, desde el 15 de diciembre de 2009, hasta que haya quedado definitivamente firme el presente fallo.-
Se condena a las costas procesales de conformidad con lo establecido .....