IV
DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR, la demanda de ACCIÓN DE MEDIANERIA, incoada por el JORGE COLMENARES MARTINEZ, acutando en su caracter de apoderado Judicial de la SUCESION DE HENRIQUE GARZARO en contra de la ciudadana la ciudadana NORIS YULIMAR DUARTE, suficientemente identificadas en autos; en consecuencia se declara: PRIMERO: Se Condena a la parte demandada perdidosa ciudadana NORIS YULIMAR DUARTE, identificada en autos, consistente en el cierre de un tramo o segmento de seis metros con veinte centímetros lineales (6.20 metros lineales) en sentido OESTE-ESTE, que falta por construir, es decir, que el lindero SUR del terreno en negociación con el ciudadano Antonio Agriesti Maldera, es la pared medianera, y es el lindero NOR.....