IV
DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda intentada por JUAN CARLOS ANGEL GONZALEZ, actuando en nombre y representación del ciudadano PEDRO JOSE GARBOZA MATOS, contra LUIS ALFONSO DUARTE ARRIETA, por REINTEGRO ARRENDATICIO.-
En consecuencia se condena a la parte demandada a PRIMERO: a pagar la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (30.000 Bs.) que corresponde al monto dado en deposito.- SEGUNDO: en cuanto a los intereses, estos deben ser calculado a la tasa pasiva promedio de los seis principales entes financiero, conforme a la información que suministre el Banco Central de Venezuela, tomando el cuenta la duración de la relación arrendaticia, es decir, desde el 01 de Septiembre de 2009, hasta el 15 de octubre de 2010.
.....