IV
DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos: JESUS ELIAS ZUBILLAGA CARRASCO, e HILDA MARIA MEDINA PEREZ, , actuando como Apoderados Judiciales del BANCO PROVINCIAL S.A BANCO UNIVERSAL en contra del ciudadano JOSE RAFAEL ARMAS NOYA- Por: RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO.- En consecuencia este Tribunal declara PRIMERO: Resuelto el contrato de venta con reserva de dominio, suscrito por ante la Notaria Publica Cuarta de Valencia, Estado Carabobo, el día 02 de enero de 2008 bajo el N° 221, en fecha 14 de Diciembre de 2007, y por vía de consecuencia la entrega material del bien inmueble constituido por un vehículo nuevo, Marca: JEEP, Modelo Tipo: GRAND CHEROKEE, Modelo Año:2.008,.....