Siendo así y existiendo denuncia sobre violación de derechos constitucionales, se ADMITE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL y en consecuencia se ordena la notificación de la supuesta agraviante SOCIEDAD MERCANTIL CORP BANCA C.A. Banco Universal, domiciliada en el Municipio autónomo de chacao del Estado Miranda, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, bajo el número 21, Tomo 84-A, de fecha 9 de abril de 1997, en la persona de la ciudadana MARIA MILAGRO, LAMBERTI BENNETT, venezolana, mayor de edad, domiciliada en caracas, titular de la cédula de identidad número V-4.186.996, abogada en ejercicio, inscrita en el Institutito de previsión Social del abogado bajo el Nro. 13.984, quien ostenta el carácter de Representante Judicial de CORP BANCA; C.A., BANCO UNIVERSAL. Y del Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionale.....