III
DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos, XIUGIN LO y YUHUMO MO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 22.511.439 y V- 22.511.438 respectivamente y de este domicilio, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio FRANCISCO ALEXIS LORETO PUERTA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.579.082 e incrito en el I.P.S.A. bajo el N° 48.644 y de este domicilio, en contra del ciudadano LUIS CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.831.670 de este domicilio; por DESALOJO.
En consecuencia se condena a la parte demandada a PRIMERO: A entregar el inmueble objeto del contrato de arrendamiento libre de personas.....