DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Juzgado administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda incoada por ante este Tribunal por el Abogado MARCO ANTONIO ROMAN AMORETTI, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 21.615 y de este domicilio, Representantes Legales del ciudadano STAVRO PAPADADO; en contra del ciudadano EZEQUIEL RAMON RANGEL; por: DESALOJO, todos plenamente identificados en autos, y se condena a la parte demandada por haber resultado vencida a resolver el contrato y ha entregar el inmueble objeto de del contrato de arrendamiento suscritos por las partes en fecha 23 de Diciembre del 2002. Y al pago de la cantidad de OCHENTE Y SIETE MIL CURENTA Y TRES BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 87.053.58) por concepto de cánones de arrendamiento, cuyo monto total de la deuda OCHOCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs. 870.535.80). .....