Por las razones y fundamentos antes expuestos este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 23 de mayo del 2005, por la abogada LERIDA CARO LOPEZ, en su carácter de apoderada judicial del accionante, HASSAN ATOUAN ZEITONNE, contra el auto dictado el 17 de mayo del 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que REPONE la presente causa al estado en que se practique nueva citación de la parte demandada, quedando en consecuencia NULAS todas las actuaciones, a partir del 05 de mayo del 2004.
Queda así CONFIRMADO el auto objeto de la presente apelación.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el.....