Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 12 de diciembre de 2011, por la abogada MARISOL SANTELIZ, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MARCO D¿ANDREA FRANCO, contra la sentencia definitiva dictada el 23 de noviembre de 2011, por el Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, incoada por el abogado HERMES JESUS ABREU LUZARDO, contra al ciudadano MARCO D¿ANDREA FRANCO.
Queda así REVOCADA la sentencia definitiva objeto de la presente apelación.
No existe condenatoria en costas, dada la natural.....