Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños Niñas y del Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 02 de marzo del 2010, por el abogado WILMAN RIOS HERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, CONDOMINIO MULTICENTRO PASEO EL PARRAL, en la persona de la ciudadana MARIA ELIZABETH TRESTINI, en su carácter de Administradora, contra el auto dictado el 25 de febrero del 2010, por el Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO.- INADMISIBLE, la prueba de exhibición de documento contenida en el considerando TERCERO, del escrito de prueba presentado por la abogada SUSANA MARIA UZCANGA CHACON, apoderada judicial .....