Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 06 de mayo de 2014, por el abogado JAIME ALFONZO MERCADO LEON, apoderado judicial de la sociedad mercantil MOTVAR C.A., contra la sentencia dictada el 05 de mayo de 2014, por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: SE REVOCA la medida de paralización de la obra consistente en la Construcción del Centro Comercial Jardín Mañongo, en Naguanagua, Estado Carabobo, llevada a cabo por la empresa MOTVAR 2010 C.A., dictada por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Vale.....