Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 25 de noviembre de 2013, por la abogada SUSANA MARIA UZCANGA CHACON, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano JIMMY AYOUBISSA ISAC, contra el auto dictado en fecha 19 de noviembre de 2013, por el Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: OPERÓ LA CITACIÓN TÁCITA de la parte demandada, sociedad mercantil ALCAVE VENEZUELA C.C.A., y Asociación Civil GUATAPARO COUNTRY CLUB en fecha 17 de julio de 2013, al hacer formal oposición a la medida cautelar practicada por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la .....