En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION interpuesto por la abogada NAYRUBIS DEL CARMEN RODRIGUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, Sociedad de Comercio CAUDAL VALENCIA, C. A, en fecha 26 de septiembre de 2012, contra el auto dictado el 25 de julio de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
Líbrese Oficio al Juzgado "a-quo" informándole sobre las resultas del presente fallo.
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