Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: RENUNCIADO O DESISTIDO EL RECURSO de apelación interpuesto el 28 de enero del 2008, por el abogado PARLEY RIVERO, en su carácter de co-apoderado judicial de los demandados, sociedad mercantil TIGAVEN, C,A, y los ciudadanos MANUEL HERRERA GARCIA y LENIS JUDITH BELANDRÍA ROJAS, contra la sentencia interlocutoria dictada el 20 de abril del 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.-
Queda así CONFIRMADA la sentencia interlocutoria objeto de la presente apelación.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 281, del Código de Procedimiento Civ.....