Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 04 de diciembre de 1.998, el abogado HECTOR CASTELLANOS, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARVELLA ROJAS HEREDIA, contra la sentencia dictada el 23 de junio de 1.998, por el Juzgado Primero de Menores de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad; SEGUNDO: SIN LUGAR LA PRIVACION DE LA GUARDA Y CUSTODIA de la menor ROSAURELIS JOAN MARTINEZ ROJAS, incoada por la mencionada ciudadana MARVELLA ROJAS HEREDIA (tía materna), contra JOSE ASDRUBAL MARTINEZ DIAZ (padre de la menor).