Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la ciudadana SILMER CAROLINA PERALTA VARGAS, asistida por el abogado JOSE ARCENIO PERALTA, contra el auto dictado el 19 de enero de 2015, por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que negó oír el recurso de apelación interpuesto el 14 de enero de 2015, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 08 de diciembre de 2014, en el expediente N° 2821, contentivo del juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA, incoado por la sociedad mercantil INVERSIONES TORVAR C.A., contra la ciudadana SILMER CAROLINA PERALTA VARGAS.
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