Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 05 de octubre de 2010, por la abogada SCARLETT RINCON, apoderada judicial de la parte accionante, contra la sentencia dictada el 30 de septiembre de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO.- LA NULIDAD DE LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DICTADA EL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- TERCERO: LA REPOSICION DE LA CAUSA AL ESTADO en que se encontraba al momento del fallo revocado, a los fines que el proceso alcance su fin, como lo es, que se dicté sen.....