Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 13 de febrero de 2012, por la abogada LUCILDA OLLARVES, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadanos PATRICIA RIENZO DE FRAGATA y RENATO FRAGATA DE DOMENICO, contra el auto dictado el 13 de febrero del 2012, por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO.- SE SUSPENDE la medida preventiva de embargo decretada el 15 de diciembre de 2011, por el referido Juzgado Cuarto de los Municipios, en virtud haberse constituido garantía suficiente, otorgada por la parte demandada.
Queda así REVOCADO el auto obj.....