Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta el 08 de junio del 2012, por la abogada JOANNA CHIVICO, en su carácter de apoderada judicial de la tercera interesada, ciudadana NUNZIA MATERA DE PIZZOLLA, contra la sentencia dictada el 07 de junio de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, extensión Puerto Cabello, en sede Constitucional. SEGUNDO.- CON LUGAR el recurso de amparo interpuesto por los ciudadanos GUILLERMO ROMAN AMORETTI y VILMA YANETT DIAZ DE ROMAN, asistido por el abogado ROOSHINWEL AMED ROMAN AMORETTI, contra la sentencia dictada el 04 de noviembre de 2011, por el Juzgado Primero de Municipio Puerto Cabello de .....