Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: LA NULIDAD de todo lo actuado a partir del auto dictado el 05 de marzo de 2012, por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el cual dicho Tribunal designó como defensor judicial al abogado ORLANDO JOSE MONSALVE ORTEGA, en el juicio por Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra-Venta, incoado por el ciudadano STEEFEN CEDEÑO CEDEÑO, contra la sociedad mercantil INVERSIONES IBARRA S.R.L., y la ciudadana DINA EUNICE ZELEDON PAVO.- SEGUNDO: de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, procurando la estabilidad del presente juicio, REPONE LA PRESENTE CAUSA, al estado del nombramiento d.....