Por las razones antes expuestas, es por lo que este Juzgado Superior Primero en lo
Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 06 de junio de 2010, por el abogado WILLIAM ENRIQUE CURIEL GONZALEZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDGAR RAFAEL MEZA, contra la sentencia dictada el 23 de noviembre de 2.010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: LA NULIDAD de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 23 de noviembre de 2010, y se ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, al estado en que se agote la cit.....